Distinción "Buena Práctica en Participación Ciudadana" 2023
17 Edición
Quito: Garantías De Protección De Derechos
La trata de personas es un delito con diversos fines, siendo uno de los más comunes la explotación sexual, para poder construir una política de prevención, atención y restitución de derechos a las víctimas de este delito, es necesario contar con la participación de instituciones del Estado en diferentes niveles de gobierno (nacional, provincial y distrital), que brinden servicios en los diferentes horizontes de intervención que se requieren.
En 2007 el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (MDMQ) promulga la Ordenanza Municipal N° 0246 “Protección Integral de los Niños/as, Adolescentes contra la Explotación Sexual en el DMQ”.
Como parte de la ejecución de la Ordenanza 0246 se crea el servicio de acogimiento institucional, especializado en víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual denominado “Casa Arupo”, entidad que opera amparado en un convenio suscrito entre el MDMQ a través de la SIS, y la FGE a través de SNPAVT, en el año 2018 y que fue modificado a través de adenda en julio de 2022.
Objetivo Principal:
Brindar atención integral a mujeres adolescentes víctimas del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, para lograr su reintegración familiar, social y comunitaria en un marco de garantía y plena vigencia de la Derechos Humanos.
Objetivos Secundarios:
- Fortalecer los vínculos familiares, con el fin de apoyar su desarrollo durante la permanencia en la Casa de Acogida.
- Desarrollar un plan de autonomía para adolescentes a partir de 15 años, que posibilite la inclusión social y económica.
- Proporcionar herramientas de prevención para el autocuidado.
- Asegurar que el servicio, se constituya en una comunidad de aprendizaje y crecimiento personal.
Metodología:
Abordaje integral de las usuarias del servicio, que parte de evaluaciones psicológica y social, en el ámbito psicológico se abordan dos ejes, estado emocional y riesgos, en el ámbito social se evalúan las necesidades médicas y personales emergentes.
En el ámbito legal se deben obtener las medidas de protección tipo acogimiento institucional y la inclusión en el SPAVT.
Una vez iniciado el proceso terapéutico y cuando sea seguro emocionalmente para la usuaria se inicia la vinculación familiar con los referentes que fueron previamente evaluados psicosocialmente.
Parte fundamental del acogimiento se vincula al desarrollo de habilidades blandas y oficios para una supervivencia segura fuera del servicio, esto parte de una vinculación académica que cubra las necesidades particulares de cada usuaria, así como sus proyecciones futuras.
En el ámbito familiar y comunitario se realizan procesos de fortalecimiento que garanticen el desarrollo de conciencia y habilidades de cuidado, así como los tres niveles de prevención, entendidos estos como:
Prevención primaria: Evitar que existan captaciones (reclutamiento) en comunidades cercanas que no se habían visto afectadas previamente.
Prevención secundaria: Evitar que la víctima reinsertada en la familia y comunidad sea captada nuevamente.
Prevención terciaria: Evitar que existan nuevas captaciones.
Una vez que sea reinserta a la adolescente se realiza un acompañamiento de un año para resguardar el proceso psicosocial instaurado durante el acogimiento.
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